Disponemos en la actualidad de un marco legal adecuado para asegurar una eficiente protección del patrimonio, sobre todo después de la promulgación de la Ley 4/98 del Patrimonio Cultural Valenciano, siempre desde una actitud conciliadora, intentando armonizar, en la medida de lo posible, su conservación y el necesario desarrollo urbanístico en función de un horizonte de bienestar social y de calidad de vida al que todos tenemos derecho.
Entre las disposiciones estatales y autonómicas referentes a la salvaguarda del patrimonio destacamos:
· LEY 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.
· LEY 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, Urbanística Valenciana.
· LEY 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat Valenciana, del Patrimonio Cultural Valenciano.
Sin embargo, toda esta reglamentación se convierte en estéril sin la existencia en los diferentes términos municipales de un inventario preciso y actualizado de aquellas áreas y elementos que requieran de una protección especial, en nuestro caso por su valor o interés arqueológico o etnológico.
Se trata de un factor decisivo, pues supone un excelente medio de prevención que permite intervenir con anterioridad a la aprobación definitiva de los proyectos urbanísticos y por tanto disminuir los conflictos tanto en cantidad como en intensidad entre la administración local y los promotores o propietarios de los inmuebles.
Por todas estas razones se impone la necesidad, además de la obligación, de la redacción de los Catálogos de Bienes y Espacios Protegidos.
Conforme a lo previsto en la Ley Urbanística Valenciana, los Catálogos de Bienes y Espacios Protegidos son contemplados como una de las determinaciones de los Planes Generales de Ordenación Urbana y "formalizarán las políticas públicas de conservación, rehabilitación o protección de los bienes inmuebles o de los espacios de interés. A tal fin seleccionarán los que se consideren de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnológico, arquitectónico o botánico y los que integren un ambiente característico o tradicional, así como los que se pretendan conservar por su representatividad del acervo cultural común o por razones paisajísticas" (art. 77).
En este sentido, la elaboración de los Catálogos de Bienes y Espacios Protegidos por las diferentes administraciones municipales constituyen un instrumento fundamental, pues sólo con un inventario lo más completo posible de todos aquellos bienes del patrimonio cultural que merezcan una protección especial, es posible el éxito de una política efectiva de conservación y fomento de esta riqueza cultural.
En 2004 se terminó de redactar el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del término municipal de Orxeta, con motivo de la elaboración del nuevo Plan General de Ordenación Urbana, pudiendo disponer así desde entonces de un inventario exhaustivo, detallado y actualizado de este tipo de bienes, y crear la necesaria base administrativa para su gestión.